Características | Retiro Programado (RP) | Renta Vitalicia (RV) Inmediata (simple o con Condiciones Especiales de Cobertura) | Renta Temporal con RV Diferida (simple o con Condiciones Especiales de Cobertura) | RV Inmediata con Retiro Programado (simple o con Condiciones Especiales de Cobertura) |
Administración | AFP | Cía. Seguros de Vida | AFP + Cía. Seguros de Vida | AFP + Cía. Seguros de Vida |
Posibilidad Cambio Modalidad | Siempre | No | Solo anticipar RVD | RV: No RP: Siempre |
Propiedad de los fondos | Afiliado | Cía. Seguros de Vida | RP: Afiliado RVD: Cía. Seguros de Vida | RP: Afiliado RVD: Cía. Seguros de Vida |
Monto pensión | Variable | Constante | Variable + Constante | Variable + Constante |
Derecho acceso a garantía estatal | Sí | Sí | Sí | Sí |
Herencia | Sí (1) | No | Sí RT No RVD (2) | Sí RP No RV (3) |
(1) | Si hay beneficiarios de pensión de sobrevivencia a la muerte del afiliado, no habrá lugar a herencia, sino a pensión para aquellos beneficiarios. |
(2) | Si a la muerte del afiliado éste se encontraba recibiendo una pensión por renta temporal, habrá lugar a herencia sólo respecto de los fondos destinados al pago de dicha renta temporal y en la medida que no existan beneficiarios de pensión de sobrevivencia. |
(3) | Hay derecho a herencia sólo respecto de los fondos destinados al pago de la pensión por retiro programado y en la medida que no existan beneficiarios de pensión de sobrevivencia. |
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