El divorcio pone fin al matrimonio y por ende a los derechos y obligaciones que éste genera. Entre los principales efectos podemos mencionar:
A.- El ex - cónyuge (mujer o varón) no es beneficiario de pensión de sobrevivencia.
B.- Cesa la obligación de alimentar al otro cónyuge.
D.- Si es que estaban casados bajo el régimen de sociedad conyugal, se debe liquidar la sociedad. Los bienes adquiridos después de la declaración del divorcio ingresan al patrimonio de cada ex – cónyuge.
E.- Los ex –cónyuges adquieren el estado civil de divorciados.
F.- Los hijos comunes hasta los 24 años si siguen estudiando siempre serán beneficiarios de Pensión de Sobrevivencia.
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